privadopubliconexoculturalExisten dos niveles de apreciación muy diferentes en el desempeño de una gestión, según  corresponda al sector privado o al sector público, y esto sucede porque la vara de medición sobre la responsabilidad e idoneidad del individuo en general posee una estimación dispar en cada uno de los ámbitos mencionados. Pues en el sector privado, dado el caso, caen en la persona las consecuencias de su mala función, sean de orden laboral, civil o penal, y la culpabilidad no solo asegura un perentorio despido, si se tratara de un dependiente, sino que, de corresponder, sobreviene un proceso judicial, de acuerdo con la entidad del caso. Este destino de ruptura también es para los contadores que prestan sus servicios a una empresa de manera independiente, si no satisfacen con su capacidad para resolver los diversos problemas del contratante. En consecuencia, vemos que en la actividad privada y empleando un aforismo popular: “el que las hace las paga”. Y algunas veces, sin un gremio o corporación que ampare al cuestionado en particular.

En cambio, en el sector público no acontece lo mismo, porque a diario observamos que la ineficiencia o incapacidad de gestión se llama “desprolijidad”, y ésta vendría  a ser, más bien, una travesura, tal como aquellas que cometen los niños. Por lo tanto, aparte de resultar aséptica a las puniciones, despierta cierto beneplácito en el entorno, y más sugestivo resulta cuando esto sucede en los niveles superiores de la política, por caso: “Muchachos, dejemos de robar por dos años y el país se levanta…”. Entonces concluimos diciendo que en la política se encumbra esta filosofía valorativa, sin dudas. Por consiguiente, jamás veremos que, por manifiesta incapacidad  o conducta reñida con la ley en el desempeño del cargo, echen a un individuo o le pidan la renuncia, sino que es éste el que “pone a disposición del superior, su renuncia”. Absurdo eufemismo que defrauda a la convivencia civilizada y, a la vez, protege al camarada. Es lo que llaman nepotismo, ¿verdad? Además, solo campea en estos casos la condena social, porque la otra aunque corresponda por estricta justicia, suele estar ausente, y con buena dosis de indiferencia si la persona cuestionada posee notable entidad pública.

Finalmente, un interrogante surge espontáneo desde lo expuesto en los párrafos anteriores, ¿por qué no existe la misma vara para estimar el desempeño de las personas, sin importar que pertenezcan al sector privado o al sector público? Al respecto expresa el artículo 16 de nuestra Constitución Nacional: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento; no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. Es cierto, la única condición que exige la Constitución para acceder a un trabajo, es la “idoneidad”. Pero tengo una duda: ¿esa condición incluirá la decencia?